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La equidad de género en los medios ¡ES LEY!

Eva Rodriguez Aguero

La ley de equidad en la representación de género para los medios de comunicación, sancionada recientemente por el Congreso Nacional, tiene la característica de ser una de esas normativas surgidas al calor de la militancia de un amplio colectivo social, en este caso, el integrado por las trabajadoras de los medios, los colectivos de periodistas, así como docentes y estudiantes de las carreras de comunicación de las universidades públicas, que fueron urdiendo la trama para que su sanción fuera posible.

Pionera en el mundo, busca promover la equidad de género desde una perspectiva de diversidad sexual en los servicios de radiodifusión sonora y televisada del Estado Nacional y alcanza a las Radios y Televisoras provinciales, que son consideradas para la ley 26.522 licenciatarias estatales, al igual que las licencias administradas por Universidades. 

Hace expresa mención de las Radio y Televisión Argentina S.E., Contenidos Públicos S.E. y Télam S.E. Con el fin de no dejar lugar a dudas, ni discrepancias a la hora de su obligatoriedad en el cumplimiento de la norma.

En cuanto a los medios de gestión privada no establece obligatoriedad alguna, pero tiene previsto un sistema de incentivos – un “régimen de promoción”, más precisamente- a través de la posibilidad de “certificar” equidad en la representación de los géneros. Es decir, un plus en la pauta de publicidad oficial a aquellos que incorporen políticas tal sentido. De este modo, para acceder a dicho beneficio, los prestadores de gestión privada deberán elaborar un informe anual en el que acrediten progresos en materia de equidad de género, desde una perspectiva de diversidad sexual.

También se deberá garantizar una representación de personas travestis, transexuales, transgénero e intersex en una proporción no inferior al 1% del total del personal. Y se contempla que el incumplimiento por parte de los responsables de medios estatales, dará lugar a sanciones.

Entre las medidas a adoptar por parte de los medios se incluyen aspectos ligados a la gestión y producción de contenidos: desde controlar la distribución equitativa de tareas o promover políticas de cuidado para las trabajadoras; hasta realizar campañas de sensibilización para promover la igualdad y la erradicación de la violencia por razones de género.

Por su parte, la utilización de la noción de equidad de género -en reemplazo de la de paridad- apunta a otorgar mayor potencia a las transformaciones que la ley plantea, fijando un piso y no un techo para las mismas. Además, se estipula que dicho criterio de equidad debe aplicarse sobre la totalidad del personal: planta permanente, temporaria, transitoria y/o contratadxs, incluyendo cargos de conducción y de toma de decisiones.

La sanción de esta ley no sólo apunta a mejorar la situación laboral de quienes trabajan en los medios de comunicación, sino que abre una oportunidad histórica para la articulación de la agenda mediática, con la de género y diversidad. Sin dudas, un paso más hacia la concreción de un país más justo, en el que todas las voces y todos los cuerpos, tengan los mismos derechos y las mismas oportunidades.

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